ADMISION DE DENUNCIAS

(Res. AGPS Nª 52/01)

¿Qué es la AGPS?

En virtud del Art. 169 de la Constitución de la Provincia, la AGPS es el órgano con independencia funcional, administrativa y financiera, competente para el control externo posterior y auditoría de la gestión económica, financiera, patrimonial, presupuestaria y operativa en atención a los criterios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia de la Hacienda Pública Provincial y Municipal, incluyendo sus organismos descentralizados cualquiera fuese su modalidad de organización, empresas y sociedades del Estado, entes reguladores de servicios públicos y entes privados adjudicatarios de servicios privatizados en cuanto a las obligaciones emergentes de los respectivos contratos.

¿Qué controla la AGPS?

De acuerdo a la Ley Nº 7.103, este control posterior incluirá:

  • a) La fiscalización y auditoría de la gestión financiera, económica, patrimonial, presupuestaria y operativa, cuando resulte aplicable, la evaluación de los aspectos referentes a la protección del medio ambiente por las entidades controladas.
  • b) La comprobación de la observancia, por la Administración Pública Provincial y Municipal de los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia.

¿Cuál es el procedimiento para efectuar una denuncia?

El Reglamento de Admisión de Denuncia aprobado por Res. AGPS Nª 52/01 indica que:

  • a) Se debe presentar nota dirigida a la AGPS debidamente firmada, con indicación expresa de las cuestiones puntuales sobre las que versare la petición formulada. La nota debe contener nombre y domicilio real del presentante y constitución de domicilio especial en el perímetro de esta ciudad, referencia y acreditación del carácter en que se presenta y los datos del denunciado, organismo al que pertenece o en su caso, organismo involucrado.
  • b) Acompañar toda la documentación respaldatoria sobre la cuestión planteada que obre en poder del presentante y la referencia de los lugares de donde la documentación se encuentre si la conociere.

La presentación será recepcionada por Mesa de Entradas y Salidas de la AGPS, para su registración, asignación de carátula y foliatura correspondiente.

¿Qué acciones puede realizar la AGPS con las denuncias presentadas?

Cumplidos los requisitos de admisión:

  • – Si la denuncia está vinculada con un organismo cuya auditoría está incluida en el Plan Anual de Auditoria se incorporará como antecedente de los trabajos de auditoría para su verificación al momento de realizarse la misma.
  • – Si la denuncia está vinculada con un organismo cuya auditoria no está prevista en el Plan Anual respectivo, la misma será incluida como antecedente para la planificación del próximo ejercicio.
  • – Si la denuncia evidencia motivos de urgente intervención del órgano a efectos de evitar la producción o el agravamiento del posible daño patrimonial al Fisco, se remitirá a la brevedad al Colegio de Auditores o al Auditor General Presidente para su urgente tratamiento.




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